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Suspensión con disidencia.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre expropiación.

La gestión pendiente incide en autos sobre nulidad de derecho público de que conoce vía apelación y casación la Corte de Apelaciones de Concepción.

30 de diciembre de 2014

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los incisos 1º y 2º del artículo 19 de la Ley Nº 7.200, que otorga facultades extraordinarias al Ejecutivo para dictar disposiciones de carácter administrativo, económico y financiero.

La gestión pendiente incide en autos sobre nulidad de derecho público de que conoce vía apelación y casación la Corte de Apelaciones de Concepción.

La decisión de suspender el procedimiento fue acordada con el voto en contra del Ministro Hernández Emparanza, quien estuvo por no concederla.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las otras partes de la gestión pendiente. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2759-14.

 

 

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