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Con prevención.

TC se pronunciará sobre admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo.

La gestión pendiente incide en autos sobre juicio de cobranza laboral de que conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt.

3 de julio de 2015

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso 2º del artículo 4º del Código del Trabajo.

La gestión pendiente incide en autos sobre juicio de cobranza laboral de que conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt.

La decisión fue acordada con la prevención de la Ministra Peña, quien estuvo por otorgar, desde ya, la suspensión del procedimiento, en atención a la naturaleza y estado de la gestión pendiente en que se solicita la declaración de inaplicabilidad.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2847-15.

  

 

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