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Segunda sala.

TC se pronunciará sobre admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma relativa a notificación en juicios de gastos comunes.

La gestión pendiente incide en autos ejecutivos sobre cobro de gastos comunes, de que conoce vía apelación, la Corte de Apelaciones de Santiago.

14 de septiembre de 2015

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso final del artículo 6 de la Ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.

La gestión pendiente incide en autos ejecutivos sobre cobro de gastos comunes, de que conoce vía apelación, la Corte de Apelaciones de Santiago.

El requirente estima que el precepto impugnado es contrario a lo dispuesto en el artículo 19 Nºs 2, 3 y 26 de la Constitución Política, toda vez que presume que el domicilio del ejecutado es aquel inmueble del que es propietario, lo cual redunda en la más completa indefensión, al no tener noticia oportuna de la existencia del pleito.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol Nº 2888-15.

 

 

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