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Sin suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidades que impugnan normas que inciden en juicios laborales en que se pretende reconocimiento de relaciones de trabajo.

El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el principio de juridicidad y el principio de supremacía constitucional.

22 de junio de 2017

El TC admitió a trámite dos requerimientos de inaplicabilidad que impugnan las normas del Código del Trabajo, especialmente los artículos 1 inciso 3°, 7, 8, 44, 63, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 420 letras a.- y d.-, 421, 423, 425 a 462, 464 n° 1, 473 y 474 a 484.

Las gestiones pendientes inciden en autos sobre juicio ordinario laboral, en actual conocimiento de la Corte de Valparaíso vía recurso de nulidad, y otro juicio ordinario laboral y su cobranza ejecutiva, ambos ventilados ante el Juzgado del Trabajo de La Calera.

El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el principio de juridicidad y el principio de supremacía constitucional, toda vez que el Juzgado del Trabajo está aplicando el Código del Trabajo a una relación laboral cuyo marco regulatorio es el Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales, por lo que el tribunal está actuando fuera de su esfera de atribuciones.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro de los expedientes Roles N° 3554-17 y 3555-17.

 

 

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