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Primera Sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que restringe el derecho a recurrir y que incidiría en juicio laboral por práctica antisindical en contra de Fundación Educacional.

La gestión pendiente incide en autos laborales, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

17 de noviembre de 2019

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 292, inciso final, del Código del Trabajo.
La gestión pendiente incide en autos laborales, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los que la Fundación Educacional requirente es denunciada por una exfuncionaria que interpone acción de práctica antisindical, alegando que fue separada ilegalmente de sus funciones al estar amparada por fuero sindical, solicitando su reincorporación.
Al efecto, cabe recordar que la requirente aduce, en síntesis, que el precepto impugnado infringiría el debido proceso, toda vez que es contrario al derecho a recurrir. Esto, generaría en el requirente la imposibilidad de discutir los presupuestos que el tribunal debió tener en consideración para dictar la resolución cuya impugnación se pretende, por lo que no puede interponer recurso alguno, con lo grave que ello implica, al tener que reincorporar a funcionaria y efectuar el pago de las prestaciones que la sentencia indica.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes de la gestión invocada por el término de diez días.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación. 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 7671-19.

 

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