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Acción Directa de Inconstitucionalidad.

Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró inconstitucional norma del Estado de Sao Paulo que prohibió todas las modalidades de caza.

El máximo Tribunal de Brasil explicó que tanto la caza de control, como la caza científica, tienen como objetivo reequilibrar el ecosistema y protegerlo, siempre que estén debidamente controlados.

13 de julio de 2020

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil declaró inconstitucional norma del Estado de Sao Paulo que prohibió todas las modalidades de caza.
Respecto a los hechos, consta que el Partido Laborista brasileño (PTB), autor de la acción, argumentó que la regla de São Paulo, que prohíbe la caza de animales domésticos, salvajes, nativos o exóticos en el estado, habría usurpado la competencia privada de la Unión para editar las reglas generales de caza (artículo 24, punto VI, de la Constitución de la República).
Al respecto, el máximo Tribunal de Brasil explicó que la caza de control y la caza científica tienen como objetivo reequilibrar el ecosistema y protegerlo, siempre que estén debidamente controlados. El fallo explicó que el artículo 3 de la ley estatal, al permitir el control de la población, el manejo o la erradicación de especies declaradas dañinas o invasoras, siempre que la medida sea tomada por agencias gubernamentales, está de acuerdo con la política nacional de caza control, ya que evita que los particulares tomen medidas contra los riesgos que representan las especies nocivas.
Enseguida, la sentencia manifestó que en cuanto a la política nacional de recolección de animales con fines científicos (caza científica), hubo una invasión de la competencia de la Unión, considerando que el asunto exige un trato nacional y uniforme. Para el alto Tribunal, la regla no creó excepciones a este tipo de caza, autorizada por la Ley Nacional de Protección de Fauna.
Finalmente, el STF recordó que ya existe jurisprudencia formada en el fallo de ADI 350 por el Plenario de la Corte Suprema, aunque suspendida por solicitud de vista, en el sentido de que no están incluidos en la prohibición contra la caza prevista en la Constitución del Estado de São Paulo, el destino para control y recolección con fines científicos.

 

Vea texto íntegro del comunicado.

 

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