Noticias

Incidente.

TER del Bio Bío suspende etapa de cumplimiento de sentencia en procedimiento que ordenó destitución de Alcalde de San Carlos.

En la resolución, se otorga traslado a la contraparte para presentar los descargos contra el incidente deducido y se ordena la suspensión del procedimiento.

18 de junio de 2020

El Tribunal Electoral Regional del Bio Bío acogió una solicitud de suspensión del proceso, presentada por el Alcalde de San Carlos, Hugo Gebrie.

Al respecto, cabe recordar que el Tribunal ordenó la remoción del cargo de Alcalde por incurrir reiteradamente en infracciones graves a la probidad administrativa y notable abandono de deberes en el ejercicio de sus funciones, por cuanto se cumplen, en los hechos, con todos los requisitos de notable abandono de funciones por parte del Alcalde porque ha transgredido, inexcusablemente y de manera manifiesta y reiterada las obligaciones que le imponen la Constitución y las demás normas que regulan el funcionamiento municipal.

En su presentación, sostiene que no se cumplieron los trámites legales correspondientes respecto de la notificación de la sentencia y su consiguiente suspensión del cargo. Efecto propio de la sentencia de primera instancia, a la espera de la preclusión del plazo de presentación del respectivo recurso de apelación ante el TRICEL. Igualmente solicitó una copia del expediente de 800 páginas. En específico, se presentó un incidente por falta de notificación de la sentencia y, además, solicita acogerse a la Ley N° 21.226, que establece un régimen de excepción para los procesos judiciales por el impacto del COVID-19.

En la resolución, se otorga traslado a la contraparte para presentar los descargos contra el incidente deducido y se ordena la suspensión del procedimiento.

 

Vea texto íntegro de la sentencia y del expediente Rol N° 6802-2018

 

RELACIONADO

* TER del Bio Bío destituye a Alcalde de San Carlos por varios actos considerados como faltas a la probidad administrativa y notable abandono de deberes…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *