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Vulneración de Derechos Fundamentales.

Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acoge denuncias por tutela laboral deducidas por guardia de avanzada edad que sufrió brutal golpiza en su desempeño y fue despedido.

Los derechos que se estimaron vulnerados son la vida e integridad física y psíquica, y la indemnidad.

17 de abril de 2019

El Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales, deducida contra una empresa de seguridad por uno de los guardias que se desempeñaba para la misma, quien sufrió una brutal golpiza en el ejercicio de sus funciones, sin que la empresa previniera la situación o adoptara medidas para esclarecer los hechos y mitigar sus efectos perjudiciales en la salud física y psíquica del actor tras lo ocurrido.

Cabe destacar que a esta causa se acumuló otra posterior, entre las mismas partes y por la misma acción, ya que el demandante fue despedido tras interponer la primera demanda.

La sentencia aduce, en relación a las garantías a la vida e integridad física y psíquica, que se ha probado en autos la actitud negligente de la empresa, que no solo falta a aquel mínimo compromiso que en virtud del contrato de trabajo se le puede exigir para con sus trabajadores, sino que además incumple obligaciones expresamente impuestas por la ley, como ocurre con el deber de seguridad, y a consecuencia de ello, el trabajador sufre una afectación a su salud psíquica como da cuenta el peritaje incorporado en autos.

Se agrega que si bien es cierto que no ha podido concluirse que la razón de su afectación estomacal tenga origen en los hechos denunciados, resulta claro de lo concluido en peritaje que existen elementos inequívocos de daño emocional en el actor producto de la experiencia referida en el ámbito laboral, que generaron como consecuencia directa un Episodio Depresivo Mayor reactivo, y un Trastorno Por Estrés Pos Traumático. El incumplimiento recién señalado, se traduce en una vulneración al contenido esencial de la garantía constitucional a su integridad psíquica, razón por la cual se hace lugar a la acción de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión de hechos ocurridos durante la relación laboral.

Luego, en relación a la garantía de indemnidad, el fallo sostiene que la parte demandante cumplió a cabalidad con la prueba indiciaria, por cuanto la misma cumple con los parámetros de multiplicidad y concordancia; cada indicio se encuentra acreditado fehacientemente. Además, la demandada no aportó prueba del fundamento y proporcionalidad de sus actos, por lo cual la juez llega a la convicción que con su actuar el empleador vulneró gravemente la garantía a la indemnidad, pues al despedirse al demandante se violentó su derecho fundamental a la indemnidad laboral, ya que en la realidad el despido fue una represalia ejercida en contra del actor como consecuencia de la denuncia realizada ante este mismo tribunal.

 

 

Vea el texto íntegro de la sentencia Rol N° T-169-2018.

 

 

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