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Juzgado de Letras de Freirina rechazó tutela deducida por trabajador contra empresa minera a quien denunció por haberlo despedido pese a ser supuestamente dirigente sindical.

Sentencia señaló que la empresa no tenía como conocer la información pues el trabajador no lo manifestó a su empleador directo.

6 de mayo de 2020

El Juzgado de Letras del Trabajo de Freirina, rechazó denuncia por tutela laboral deducida por trabajador en contra de la empresa Abengoa Chile S.A., a quien denunció por haber vulnerado su libertad sindical por haberlo despedido por el término del contrato que mantenía por expiración del tiempo de duración de dicho instrumento contractual, pese a que él alegó que su empleador conocía su calidad de dirigente sindical dentro de la compañía.

La sentencia del Juzgado de Freirina señaló que, de los antecedentes que obran en la causa, es posible advertir que respecto de las supuestas represalias que la empresa demandada, en particular, y las empresas del rubro que operan en el Norte Grande, en general, toman en contra de personas ligadas a organizaciones sindicales, por lo que indicó el fallo que dichas aseveraciones adolecen de un nivel tal de generalización en el que no puede caer el Tribunal en su decisión.

Luego, con relación a lo señalado precedentemente, indicó la decisión del Juzgado Laboral de Freirina que, aun en el caso hipotético de haber existido trabajadores afiliados trabajando desde el 20 de junio de 2019 al 31 de julio del mismo año para Abengoa Chile S.A., para que fuera oponible el supuesto fuero del que gozaba el actor, debiese haberse notificado formalmente dicha circunstancia al empleador para que pudiera surtir efectos plenos el referido fuero. Es más, indica el fallo que ha sido el denunciante quien reconoce que no se comunicó nunca esta situación a su empleador en virtud de contrato a plazo fijo desde el 20 de junio de 2019 al 31 de julio del mismo año, Abengoa Chile S.A.

Por ello, indica la decisión del Juzgado laboral que la empresa denunciada, por su parte, no tenía cómo enterarse que se daba dicha situación y que, consecuencialmente, podría de manera eventual favorecerle un fuero a su respecto -del actor-, el que, y compartiendo lo aseverado por la demandada, tiene siempre una finalidad colectiva y no representa privilegio de carácter individual. Concluye en sus apreciaciones el Tribunal indicando que más bien se advierte de parte del actor, un intento de protegerse individualmente, lo que no reviste la naturaleza de garantía constitucional o derecho fundamental per se y que, por lo tanto, merezca la tutela efectiva jurisdiccional. Por estas consideraciones se desestimó la acción de tutela intentada por el trabajador y se declaró que su despido se ajustó a derecho.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Freirina Rol S-1-2019.

 

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