La obligación de informar la existencia de un nuevo asegurado era de cargo del contratante, a través de los medios que la compañía ponga a disposición, no del demandante.
19 de mayo de 2022
La obligación de informar la existencia de un nuevo asegurado era de cargo del contratante, a través de los medios que la compañía ponga a disposición, no del demandante.