El abandono del procedimiento puede hacerse valer mientras exista el juicio, con la sola limitación de que si se realiza cualquier otra gestión se entenderá renunciado el derecho a promover ese incidente.
El demandado solicitó en lo principal el desarchivo, y en el otrosí la solicitud de abandono del procedimiento, por ende, no se puede interpretar el desarchivo como una gestión útil que interrumpe el plazo de inactividad procesal, resuelve la Corte Suprema.