La vigencia de una medida de apremio debe ser establecida en los términos que mandata la ley, en este caso, debe repetirse cada 15 días hasta el pago de la deuda.
Acción constitucional de amparo
Resolución que ordenó el abandono del país de inmigrante hace más de 4 años se deja sin efecto por cambio en sus circunstancias de vida y por fundarse en una norma derogada.
Arresto nocturno de deudor de alimentos se suspende hasta que el tribunal de familia resuelva la propuesta de pago que presentó.
Resolución que ordenó ingreso de hijos menores de la recurrente a una residencia es desproporcionada.
Familia y Hogar de Ancianos deben permitir visitas a adulta mayor residente, sin autorización de la apoderada ni restricciones horarias.
La restricción de visitas afecta la conservación de los vínculos familiares y personales de la persona en cuyo favor se recurre, sin que conste que esta limitación se deba a su propia voluntad.
Resolución que ordenó el ingreso de una niña a una residencia para ser entregada a su madre biológica no es ilegal.
La niña, en cuyo favor se recurre, actualmente se encuentra con su madre por lo que no se advierte ilegalidad.
Defensoría Penal Pública deduce acción constitucional de amparo en contra Gendarmería de Chile, por no ajustar su periodo de cuarentenas al actual protocolo del MINSAL.
La decisión de prolongar la cuarentena más allá del periodo recomendado por la autoridad sanitaria torna la pena privativa de libertad en un mero castigo, toda vez que interrumpe la reinserción social que el bloque constitucional asigna a la pena.
Recurso de amparo en favor de internos de la Cárcel de Traiguén víctimas tratos crueles, inhumanos y degradantes por parte de Gendarmería, es acogido.
La recurrida es una institución estatal que se encuentra vinculada al derecho interno en materia de respeto de derechos fundamentales y también al bloque constitucional que regula dicha materia, y a las reglas de tratamiento de personas privadas de libertad.
Corte Suprema ordena abonar el tiempo que el condenado permaneció en prisión preventiva en una causa diversa, en la que resultó absuelto.
La Reforma Procesal Penal maximiza las garantías fundamentales, frente al ius puniendi estatal, con especial énfasis en principios como el in dubio pro reo, por lo que aparece justo considerar a favor del condenado el tiempo anterior que estuvo en prisión preventiva en una causa en que fue finalmente absuelto.