
El máximo Tribunal concluyó que el desistimiento de la solicitud de refugio se debió a la falta de documentación requerida dentro del plazo estipulado.
El máximo Tribunal concluyó que el desistimiento de la solicitud de refugio se debió a la falta de documentación requerida dentro del plazo estipulado.
Se desarrollará la vigésimo segunda versión del Congreso Internacional de Derecho Administrativo: la Administración del Estado desde la Constitución. El evento se llevará a cabo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.
Garantizar el acceso a la información ambiental es un deber del Estado. Así lo ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los preceptos impugnados junto con la regulación ambiental que ha sido invocada en esta sentencia, no sólo se ajustan plenamente y desarrollan el principio de publicidad dispuesto en nuestra Constitución Política, sino que también a las reglas del Acuerdo de Escazú que comprometen a Chile.
Los contratos firmados por la administración gozan de presunción de legalidad, por lo que ésta no puede convalidar libremente la sanción establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo, pues, de hacerlo, se gravaría en forma desigual al ente público.
La sanción del artículo 162 del Código del Trabajo, no puede ser libremente convalidada por los órganos del Estado, pues sus contratos son celebrados bajo el amparo de una norma especial, lo que permite entender que no se encuentran en la hipótesis para la que se previó la nulidad del despido.
Los contratos fueron suscritos al amparo de un estatuto legal determinado que, en principio, les otorgó una presunción de legalidad.
El pronunciamiento complementa el Dictamen N°E173171 de 2022, que impartió instrucciones respecto de las contrataciones a honorarios en los órganos de la Administración del Estado.
Los requisitos para trabajar en el sector público deben ser cada vez más exigentes, especialmente respecto de los cargos directivos o de jefaturas, ya que como sociedad esperamos que el Estado funcione de la mejor manera posible.
La iniciativa se enmarca en la “Agenda de Modernización del Estado” que comprende 50 medidas organizadas en seis ejes estratégicos: mejores servicios del Estado; mejor gestión pública; personas en el Estado; transparencia, probidad y participación; mejor institucionalidad y desarrollo local; y descentralización.
Las funciones de la actora fueron ejecutadas en el marco de un programa estatal.
El proyecto proyecto tiene como idea matriz la descentralización efectiva de la administración regional. Si se suprimen esas instituciones las funciones y atribuciones que actualmente desarrollan y ejercen se traspasarían al Gobierno Regional y su autoridad ejecutora, el Gobernador Regional.