
El requirente alega que el precepto impugnado contradice la Constitución, en la forma en que ésta regula el desafuero de autoridades públicas.
El requirente alega que el precepto impugnado contradice la Constitución, en la forma en que ésta regula el desafuero de autoridades públicas.
La conducta demuestra un estereotipo de ajenidad con la concepción de los hijos.
La negativa de la recurrida impide al actor ejercer su profesión, cuyos ingresos le permitirían pagar las obligaciones pecuniarias pendientes.
Los hechos denunciados fundaron un incidente de nulidad procesal promovido en la causa.
Tal pretensión se aparta de la finalidad urgente, cautelar y no declarativa del recurso de protección.
La actora acompañó declaraciones juradas dando fe de los hechos narrados en su libelo.
No corresponde al máximo Tribunal determinar si procede otorgar la residencia definitiva a la actora.
La normativa de la institución exige que el personal posea salud física y mental compatible con las funciones que desempeña.
El recurso de protección no constituye una tercera instancia de los procedimientos administrativos.
El actor y el recurrido reclamaron ser dueños exclusivos, en virtud de un título de dominio inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de San Fernando.
El acto fue motivado por la decisión de un órgano jurisdiccional.