Apelación

Recurso de casación en el fondo acogido, en fallo dividido.

Abandono del procedimiento es improcedente si el impulso procesal no es carga de ningún litigante.

El tribunal de primer grado requirió a la receptora judicial informe que indique la fecha de notificación de la sentencia definitiva a las partes, previo a proveer el recurso de apelación deducido por el actor, el que aquella presentó luego de 10 meses, por lo que no puede acusarse inactividad del actor para fundar el abandono del procedimiento.

8 de mayo de 2023
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