Uso de la marca de un banco para cometer un delito de estafa mediante “phishing” configura una infracción a la ley marcaria que es competencia del fuero federal, resuelve un tribunal argentino.
Si el caso resulta aprehendido por dos disposiciones penales que concurrían en forma ideal, cuando ambas infracciones habrían sido cometidas simultáneamente mediante una única conducta, es competente el juez federal.