Autismo

No procede entender como trabajado el tiempo destinado al acompañamiento en las prestaciones de salud de una persona con TEA, por parte de funcionarios que sean a la vez familiares o cuidadoras del paciente.

El derecho de acompañamiento a personas con TEA hospitalizadas o en sus prestaciones ambulatorias de salud reviste características diversas del derecho a acudir a atender emergencias en sus establecimientos educacionales, porque el primero es un derecho del paciente con TEA y el segundo un derecho del trabajador que es padre, madre o tutor legal del menor con TEA.

19 de enero de 2024

Entidad de salud debe poner a disposición de menor diagnosticado con autismo un servicio de transporte interurbano para que pueda asistir a sus terapias.

19 de julio de 2023
La obligación de proteger el derecho a la salud es particularmente rigurosa cuando se trata de niños y adolescentes, en tanto sujetos de especial protección. La protección reforzada de los niños que padecen algún déficit cognitivo también se fundamenta en su diagnóstico, pues sus condiciones representan una situación de vulnerabilidad que les dificulta el ejercicio de sus derechos fundamentales, en tanto su particular realidad dista de la de sus congéneres.

Entidad de salud debe proveer un tratamiento integral a menores con autismo y evaluar la terapia a utilizar, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

17 de abril de 2023
La prestación de servicios de salud con carácter domiciliario se encuentra intrínsecamente ligada al deber de garantizar el derecho fundamental a la salud a todas aquellas personas que, por sus enfermedades o sus condiciones especiales de salud, se encuentren en una situación que hace imposible o se les dificulta el acceso a los servicios de salud que requieren.
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