La concesión del beneficio intrapenitenciario es una facultad privativa del jefe del Establecimiento Penitenciario, sin perjuicio de exigirse, para concederlo, la concurrencia de un informe favorable del Consejo Técnico.
24 de noviembre de 2022
La concesión del beneficio intrapenitenciario es una facultad privativa del jefe del Establecimiento Penitenciario, sin perjuicio de exigirse, para concederlo, la concurrencia de un informe favorable del Consejo Técnico.