Se alega que, al no otorgar cobertura al seguro contratado, infringió el derecho de propiedad del asegurado, puesto que, por una parte, afectó los derechos que legítimamente adquirió al suscribir la póliza, y además lesionó su patrimonio al impedirle incorporar ingresos plenamente procedentes.
27 de abril de 2022