No se puede condenar por el delito de amenazas en perjuicio de Carabinero sólo con la declaración del funcionario policial, resuelve Corte de Copiapó.
No se ha superado el estándar de prueba penal perviviendo la presunción de inocencia que ampara al acusado, configurándose la existencia del vicio de valoración probatoria denunciado. El razonamiento probatorio se construye, normalmente, a través de una cadena de razonamientos (o cascada de inferencias), en que, acreditado un determinado hecho, este sirve de premisa para constatar un hecho posterior y así, sucesivamente.