Casación en la forma


Corte Suprema eleva monto de indemnización por expropiación, al observar contradicciones en la sentencia que rechazó el reclamo.

13 de febrero de 2024
Los jueces de fondo confirmaron sin más un fallo de primer grado que rechazaba un reclamo de monto expropiatorio, reconociendo como válida la suma ofrecida por la Comisión Tasadora, y al mismo tiempo señalando que era inferior a la suma que el Ministerio de Vivienda reconocía que debía ser pagada como indemnización. Tal contradicción fue advertida por el máximo Tribunal, que anuló de oficio el fallo impugnado.

El tribunal sólo puede fallar de acuerdo a la causa de pedir y no puede apartarse de ella invocando el principio “iura novit curia”.

6 de enero de 2024
La Corte de Valdivia revocó en alzada la sentencia de base, y en reemplazo, acogió la demanda de precario y ordenó la entrega inmediata del inmueble a un tercero coadyuvante que no fue el demandante primigenio, y que pese ser el verdadero dueño de la heredad, no solicitó dicha restitución cuando compareció en juicio; por lo tanto, el máximo Tribunal estimó que los jueces de fondo incurrieron en el vicio de nulidad formal de extrapetita.

Anotación de cambio de acreedor hipotecario se efectuó conforme a derecho, resuelve la Corte Suprema.

1 de septiembre de 2023
Reclamo en contra del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta es improcedente, debido a que no puede casarse formalmente la decisión decretada en un procedimiento voluntario. Asimismo, el reclamante no denunció la infracción de ninguna norma decisoria relacionada con el cumplimiento del Reglamento conservatorio, en atención a inscribir las escrituras que sean presentadas ante dicho auxiliar.
Recurso de casación en la forma rechazado, en fallo dividido.

Sentencia que exonera de responsabilidad al Senador Jaime Quintana por accidente de tránsito en que se vio involucrado, queda a firme.

El máximo Tribunal desestimó el arbitrio de nulidad formal interpuesto por la familia de un cabo de Carabineros, que en 2015 murió atropellado por el Senador Jaime Quintana en una ruta cercana a Vilcún. La recurrente impugnó un fallo de la Corte de Valparaíso pero la Corte Suprema resolvió que es improcedente deducir un nuevo recurso de casación en la forma si previamente el tribunal de alzada rechazó otro recurso de nulidad formal sustentado en los mismos argumentos.

22 de julio de 2023
Invalidación de oficio.

Si el demandado posee un título que justifique su ocupación, el tribunal no puede dar lugar a la demanda de precario.

El demandado incorporó como prueba diversos instrumentos que cuestionaban el derecho de dominio de la actora y acreditaban que aquel mantenía la posesión del inmueble; lo que no fue ponderado por los jueces del fondo incurriéndose en un vicio de casación en la forma al no razonar los elementos de hecho y de derecho que justificaron su decisión.

4 de mayo de 2023
Recurso de casación en la forma acogido.

Tribunal de alzada debe expresar los fundamentos de hecho y de derecho que tuvo presente para adoptar su decisión, resuelve la Corte Suprema.

La Corte de Iquique al confirmar con declaración el fallo de base que acogió una solicitud de servidumbre minera, añadió que cumplido el plazo del gravamen el inmueble “debe ser devuelto en el mismo estado en que se encontró”, sin desarrollar ningún razonamiento para arribar a esta conclusión, incurriendo así en un vicio de nulidad formal.

1 de abril de 2023
Invalidación de oficio.

El juez debe analizar todas las pruebas rendidas y no centrarse únicamente en aquella incorporada por el demandante.

En el juicio ejecutivo de cobro de patente municipal los jueces de fondo sólo analizaron el certificado de deuda emitido por el Secretario Municipal, omitiendo el análisis de la prueba aportada por el ejecutado, que acreditaba que su actividad comercial era primaria, por lo que no estaba sujeta al gravamen pretendido por el municipio.

5 de enero de 2023
Ley de Cooperativas.

Si no se indica la norma probatoria exacta que se acusa infringida, así como la forma en que la sentencia impugnada la conculcó, el recurso de casación en el fondo no puede prosperar, resuelve la Corte Suprema.

Los recurrentes no pudieron acreditar que el abandono efectuado en una reunión de socios se produjo por actos de violencia en su contra, por ende, la remoción de sus cargos se ajustó a derecho y la judicatura de fondo no infringió las normas probatorias acusadas.

13 de noviembre de 2022