
La sanción obedece a evitar las formas de propagación de odio hacia razas y religiones.
La sanción obedece a evitar las formas de propagación de odio hacia razas y religiones.
Incluso sin la suscripción del Convenio de Especialización nace para la becaria la obligación de devolución de los dineros que fueron pagados en virtud del otorgamiento de la beca.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Brahm, quien estuvo por declarar admisible el requerimiento deducido, en atención a que no se vislumbra que confluya ninguna de las causales previstas en el artículo 84 de la LOCTC.
Los querellados limitaron la libre circulación de la actora en un pasaje sobre el cual tiene la calidad de comunera, por lo que goza de la calidad de poseedora del inmueble y tiene derecho a que su posesión sea amparada.
El tribunal de alzada no consideró que las obras de habilitación son gastos que los terceros deben reclamar al propietario del inmueble expropiado sobre el monto indemnizado.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La sentencia señala que no aparece justificado, entonces, que se restrinja la procedencia del recurso de casación en la forma y, de este modo, se excluyan (ni siquiera parcialmente) causales destinadas a corregir vicios sustanciales del procedimiento o que se encuentran contenidos en la sentencia.
El Tercer Tribunal Ambiental desestimó la demanda por dos razones: falta de legitimación activa y pasiva de las partes y, porque no se acreditó el daño ambiental alegado por los demandantes.
Los recurrentes alegan que, si la sentencia hubiese aplicado las reglas de la sana crítica habría advertido, por una parte, que la metodología utilizada se basaba en supuestos de hechos probados durante la evaluación del Proyecto .
El máximo Tribunal descartó que la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, incurriera en el vicio ultrapetita, al incorporar en segunda instancia un documento que llevó al acogimiento de la acción.
El máximo Tribunal determinó, por mayoría, acoger los recursos de casación de Oceana Inc, Asociación Gremial de Pescadores y Mariscadores de Los Choros y por la abogada Alejandra Donoso Cáceres en representación de tres personas jurídicas y una persona natural.