La norma pretende disminuir los tiempos de tramitación e incorporar elementos disuasivos más eficaces. Además de fortalecer atribuciones relativas al cumplimiento de medidas ordenadas por la DGA.
Código de Aguas
Ley que modifica el plazo de inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas y el Código de Aguas para introducir un procedimiento administrativo que perfecciona los títulos de tales derechos, fue publicada en el Diario Oficial.
Normas referidas al pago de patentes por no uso de derechos de aprovechamiento de aguas, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Código de Aguas: a tercer trámite prórroga de plazos de inscripción.
Norma que permite al concesionario eléctrico titular de derechos de aprovechamiento de aguas construir servidumbres al amparo del Código de Aguas, se impugna en sede de inaplicabilidad en el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la empresa eléctrica intenta imponer las servidumbres en su beneficio fundada en las normas del Código de Aguas, luego de que omitió constituirlas conforme al procedimiento que regula la ley eléctrica, lo que contraviene el artículo 19 Nº 24 y Nº 26 de la Constitución.
Destrucción de obras que intervenían el cauce de dos esteros y la aplicación de multas por la Dirección de General de Aguas se ajusta a derecho.
El reclamante alegó que debió imponérsele a lo más de una multa por haber construido un solo camino, sin embargo, la Corte confirmó lo resuelto por la DGA que aplicó 6 multas, ya que 6 fueron las intervenciones efectuadas al cauce para la construcción de un camino, aunque rebajó el quantum.
CPLT ordena que la DGA entregue información concerniente al procedimiento interno aplicable en el servicio durante la década de los 90’ sobre regularización de derechos de aprovechamiento de aguas.
Decisión obedece a que el peticionario logró comprobar la existencia de un oficio de 1983 en el cual la DGA especificaba la forma de proceder en estos casos. Además en la contradicción en que incurrió en la respuesta donde negó que existieran los antecedentes solicitados con otra anterior que envió al CPLT.
No es procedente la Consulta Indígena como trámite previo a la concesión de un permiso de exploración o derecho de explotación de aguas subterráneas al tratarse de procedimientos reglados, dictamina la Contraloría.
Sin embargo, recuerda que el MBN debe autorizar las concesiones emplazadas en territorios fiscales y que el dictamen N°25667N19 pronunció –en un caso similar- que es necesario efectuar una consulta indígena preliminar para resolver si se permite o no la ocupación de predios ubicados en Áreas de Desarrollo Indígena.
Tribunal Constitucional deberá pronunciarse sobre inaplicabilidad de norma que establece pago de patente por no construir obras necesarias para el uso del derecho de aprovechamiento de aguas.
El requirente alega que se le aplica un tributo injusto que le impide desarrollar su actividad económica.
Recurso de reconsideración resuelto por la Dirección General de Aguas luego de casi 7 años no provoca el decaimiento del procedimiento administrativo, resuelve la Corte de Santiago.
El decaimiento del procedimiento administrativo sólo puede operar si, entre el inicio del mismo y la dictación de la resolución terminal, transcurre el plazo de 6 meses, no pudiendo considerarse para el cómputo de dicho plazo el tiempo utilizado en resolver los recursos presentados en contra del acto terminal.
Norma que establece pago de patente por no construir obras necesarias para el uso del derecho de aprovechamiento de aguas, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le aplica un tributo injusto que le impide desarrollar su actividad económica.
Norma que establece un plazo para que los terceros interesados intervengan en un procedimiento de regulación de derechos de aguas, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le impide injustamente acceder a la justicia en los términos protegidos por la Constitución.
Decisiones del Tribunal Constitucional sobre algunas normas del proyecto de ley que reforma el Código de Aguas.
Iniciativa fue promulgada el pasado viernes 25 de marzo por el Presidente de la República y recientemente publicada en el Diario Oficial.
Fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.435 que modifica el Código de Aguas.
La normativa legal pretende convertir al Código de Aguas en una herramienta más eficiente para la administración y distribución de los recursos hídricos, en un contexto de creciente escases y sequía en el país.