Aun cuando la actuación de la funcionaria no corresponde a un acto administrativo terminal, de la lectura del acta de inspección, que contiene la decisión impugnada, se aprecia una suficiente fundamentación que hace alusión a los hechos por los cuales estima se configura la infracción por la cual se decreta la medida.
Código Sanitario
Ley que prohíbe la experimentación en animales en la elaboración de productos cosméticos y la venta, comercialización, importación e introducción en el mercado nacional de dichos productos cuando han sido testeados en animales, fue publicada en el Diario Oficial.
Normas del Código Sanitario que regulan el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones sanitarias no producen resultados contrarios a la Constitución.
Comisión despachó proyecto sobre responsabilidad civil en caso de anticonceptivos defectuosos.
Envían a Sala del Senado, norma que obliga a establecer farmacias 24/7.
La Comisión de Salud aprobó la moción que busca facilitar el acceso a medicamentos todos los días del año a cualquier hora, especialmente en la cercanía de un recinto asistencial.
Juzgado Civil de Santiago confirma multa por 200 UTM a farmacéutica por comercializar ampollas de cloruro de potasio inyectable contaminadas.
El juez desestimó, con costas, la reclamación deducida por BPH en contra de la resolución exenta, dictada por el Instituto de Salud Pública, que la sancionó por infringir el Código Sanitario.
Normas que regulan el valor probatorio de las actas de inspección de los fiscalizadores sanitarios, no producen resultados contrarios a la Constitución.
No es inconstitucional la ley que asigna un valor probatorio a determinados instrumentos. El legislador puede, libremente, establecer un valor probatorio determinado o dejar entregado al juez la ponderación de los medios probatorios y puede dar un valor superior a una prueba cuando quiere despejar futuras controversias, cuando quiere alterar una carga de la prueba. En materia administrativa el estándar lo fija el artículo 35 de la Ley N° 19.880, ante el silencio del Código Sanitario.
Derecho al olvido oncológico llega a Sala con amplio respaldo.
Asimismo, los parlamentarios aprobaron en general, la moción que establece el funcionamiento de farmacias 24/7 todo el año, en las principales urbes. La idea es asegurar la atención de lo que hoy se conoce como ‘farmacia de turno’.
Normas que regulan la determinación de infracciones al Código Sanitario y sus sanciones, serán revisadas en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Los requirentes alegan que la aplicación de estos preceptos atenta contra la igualdad ante la ley, la tutela judicial efectiva de los derechos, el derecho a la acción contra actos Administrativos entre otras garantías constitucionales.
Proyecto de ley incorpora al Trabajador Social entre los profesionales reconocidos en el Código Sanitario.
Su trabajo permite orientar las actividades coordinadas entre los diferentes actores del sistema de salud, transformando espacios con fin de mejorar calidad de vida y dignidad a los pacientes.
Normas que regulan el valor probatorio del acta de fiscalización en sumarios sanitarios y las sanciones por infracciones al Código Sanitario, no será revisada por el Tribunal Constitucional.
Al no apreciarse un conflicto constitucional suficiente y adolecer el requerimiento de falta de fundamento plausible.
Proyecto de ley establece que prestadores institucionales, en caso de ser emplazados en un procedimiento jurisdiccional, deberán probar que han cumplido con los derechos que a los pacientes garantiza la legislación.
Así mismo en los juicios que se discuta la responsabilidad civil de los profesionales mencionados en el artículo 112° y siguientes del Código Sanitario, deberán probar haber actuado con la debida diligencia y en el cumplimiento de la ley artis médica, liberando de la carga probatoria al demandante.
Normas que regulan el valor probatorio del acta de fiscalización en los sumarios sanitarios y las sanciones por infracciones a las disposiciones del Código Sanitario, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
La requirente estima que las normas impugnadas producen, entre otras consecuencias inconstitucionales, su total indefensión procesal.
Normas que establecen las reglas de los sumarios sanitarios por infracciones a las disposiciones del Código Sanitario y sus sanciones, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
La requirente estima que la aplicación de los preceptos impugnados vulnera el debido proceso.