Colegios


Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.

Para privar de la calidad de apoderada el establecimiento educacional debe iniciar la investigación que prevé el Reglamento Interno.

La aplicación correcta del Reglamento es indispensable atendida la gravedad de la medida, que si bien no impide a las recurrentes del todo participar de la educación de sus hijos, indudablemente limita su posibilidad de vincularse al proceso educativo al no tener calidad de apoderadas ni poder ingresar al colegio.

27 de julio de 2024
Sentencia revocada por Corte Suprema.

Colegio municipal no se encuentra obligado a proporcionar a estudiante con necesidades educativas especiales un “Tutor Sombra” particular.

Sin perjuicio de lo establecido en la Ley TEA, las condiciones del presente caso, dicen relación con patologías y comorbilidades complejas, cuyo número, entidad, tratamiento, requerimientos asistenciales, mecanismos de control de los riesgos de auto o heteroagresión, y efectos en el comportamiento, no ha podido, ni corresponden ser determinadas por la vía de protección.

3 de julio de 2024
Derecho a la educación.

Instituciones educativas no pueden retener documentos académicos de sus alumnos por deudas dinerarias cuando existen motivos de fuerza mayor y voluntad de pago, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

El accionar de las acudientes “se enmarcó en la buena fe y no en la utilización malintencionada de la jurisprudencia para promover la cultura de no pago”, pues, contrario a lo afirmado por los jueces de instancia, es claro que no dejaron de pagar las obligaciones por voluntariedad y sin debida justificación.

13 de junio de 2024