Las autoridades deben propender por la recuperación del espacio público armonizando este deber con la garantía del derecho al trabajo de aquellos vendedores informales que, amparados por el principio de confianza legítima, se han ubicado en las zonas que se pretenden recuperar. Dicha armonización se logra implementando políticas públicas de reubicación y formalización económica.
Comercio ambulante
Ordenanza municipal que prohíbe la instalación de “coleros” en ferias libres de Iquique se ajusta a derecho.
Entrega de paquete transparente color verde a cambio de suma de dinero, es una actitud que califica como indicio habilitante para que la policía realice un control de identidad.
Corte de Santiago ordena fiscalizar y sancionar el comercio ambulante y condiciones de higiene en el barrio Meiggs.
Corte de Santiago ordena a municipalidad adoptar todas las medidas necesarias para evitar comercio ambulante en barrio Meiggs.
La Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por la ministra Jéssica González, consideró actuar arbitrario del municipio al no fiscalizar el comercio en la zona y afectar a los locales comerciales establecidos.
Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a la municipalidad informar en 45 días sobre los avances y medidas adoptadas para erradicar el comercio ambulante.
Si bien la alcaldesa Irací Hassler, remarcó que revisarán los antecedentes, afirmó que lo más importante para ellos es «que no vamos a dejar de trabajar en la recuperación de espacios públicos».
Corte de la Serena rechaza recurso de protección interpuesto por comerciantes establecidos por no adoptar medidas para controlar o erradicar el comercio ambulante.
El Tribunal de alzada rechazó la acción entablada al establecer que las autoridades recurridas han adoptado diversas medidas de control de un problema social complejo.
Municipalidad de Iquique debe adoptar las medidas necesarias para evitar la instalación de comercio no autorizado en las calles de la comuna.
El hecho de que las labores de control del comercio ambulante puedan ser ejercidas también por otras entidades públicas, como Carabineros de Chile, no obsta a que el municipio las aborde con todos los medios de que disponga.
Contraloría emite pronunciamiento sobre las facultades y obligaciones de los municipios respecto del comercio ambulante en la vía pública.
Los inspectores municipales cuentan con herramientas para fiscalizar el cumplimiento de la normativa que regula el comercio ambulante.
Municipalidad de Puerto Montt actuó dentro de sus facultades al reubicar a comerciantes ambulantes en calles del centro de la ciudad.
Además, el municipio mantuvo en todo tiempo las fiscalizaciones al comercio informal.
Corte de Antofagasta ordena adoptar las medidas necesarias para erradicar el comercio ambulante del centro de la ciudad.
Las recurridas no han dado cumplimiento al deber de coordinación al interior de la Administración del Estado, previsto en el artículo 5 de la Ley N°18.575.
Municipalidad de La Florida debe fiscalizar y evitar la instalación de comerciantes no autorizados en una de sus ferias libres.
La recurrida no puede traspasar su obligación a Carabineros de Chile.