
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a Hungría a indemnizar económicamente a una periodista húngara años después de que ésta denunciase la intervención ilegal de su teléfono mientras investigaba sobre el abuso de poder.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a Hungría a indemnizar económicamente a una periodista húngara años después de que ésta denunciase la intervención ilegal de su teléfono mientras investigaba sobre el abuso de poder.
Carabineros acudió a un inmueble en la comuna de Concón, debido a una denuncia por violencia intrafamiliar, y en el lugar, los agentes verificaron que el denunciado poseía diversos papelillos de pasta base y marihuana, dosificados y listos para ser vendidos en la zona, por lo que pusieron al acusado a disposición de la justicia.
El recurrido manifestó que las expresiones emitidas por la juzgadora evidenciaron un sesgo en contra del acusado. No obstante, el Tribunal Supremo sostuvo que la opinión de la jueza se refirió a la forma de examinar la prueba testimonial por parte del letrado, y no hacia cuestiones de fondo, por lo que el tribunal no perdió imparcialidad.
Raúl Escobar fue uno de los partícipes del ataque que terminó con la vida del ex senador en 1991, y el máximo Tribunal desestimó que la acción penal se encontrara prescrita -como pretendió el acusado-, al considerar que los plazos se cuentan doblemente cuando el encartado escapa del país, como ocurrió en la especie.
Impedir que condenada sea ingresada al CET semiabierto por mantener vigente una expulsión administrativa y no contar con cedula de identidad no sólo vulnera el principio de legalidad, sino también el principio de no discriminación en razón del origen nacional, refiere el voto en contra.
El máximo Tribunal estimó que la aplicación de la regla del artículo 348 del Código Procesal Penal, permite conmutar el tiempo de privación nocturno de libertad, por 12 horas de un día completo. Así, el imputado cumplió en exceso la pena principal con el tiempo efectivamente abonado por dicha medida cautelar.
En fallo unánime la Corte de Apelaciones había desestimado la acción constitucional al establecer que la acción constitucional que otorga el artículo 21 de la Constitución no es la vía idónea para impugnar la resolución administrativa adoptada por Gendarmería, ya que ello corresponde sea abordado mediante otra acción cautelar de rango constitucional.
El acusado intentó asilarse a la minorante del artículo 11 N°9 del Código Punitivo, en circunstancias que el esclarecimiento de los hechos quedó asentado mediante la información recabada por agentes encubiertos, por lo que el máximo Tribunal no puede revisar nuevamente la investigación para dar lugar a la tesis de la defensa.
Durante el mes de octubre de 1973, el acusado fue el líder de un grupo de uniformados que torturó en reiteradas oportunidades a la víctima, quien tras la intervención de un sacerdote que lo reconoció logro escapar a Francia. Además, el Fisco fue condenado al pago de 40 millones de pesos en favor del denunciante a título de daño moral.
El máximo Tribunal estimó que el retardo en la diligencia constituye una infracción administrativa para el funcionario responsable por el incumplimiento, pero ello no puede ser invocado como una causal de nulidad por infracción al debido proceso, pues no afecta sustantivamente a la cadena de custodia.
El tribunal tuvo presente que el delito de receptación de vehículo motorizado, conforme lo preceptuado en el inciso tercero del artículo 456 bis A del Código Penal, se sanciona con la pena de presidio menor en su grado máximo, esto es de 3 años y un día a 5 años y multa equivalente al valor de tasación fiscal del vehículo.