Confianza legítima


Funcionaria de confianza del MINSAL no puede invocar la confianza legítima para revertir el término anticipado de su contrato a honorarios.

3 de febrero de 2024
La magistratura estimó que la terminación anticipada del contrato se efectuó según las reglas de la propia convención, y que la actora no puede esgrimir la confianza legítima en circunstancias que no es una funcionaria pública, y que llegó a su puesto por ser una persona de confianza de una de las autoridades políticas del ministerio, por lo que su nombramiento no provino de un concurso público que la faculte a esgrimir dicho principio.

Funcionarios a contrata que postularon a cargos de jefatura por vía ADP y fueron designados, pueden computar el tiempo servido para alegar confianza legítima.

16 de diciembre de 2023
Los funcionarios nombrados por Alta Dirección Pública que concluyen su período legal en cargos de segundo nivel jerárquico pueden hacer valer el principio de confianza legítima basándose en el tiempo que prestaron servicios a contrata en el mismo servicio, en el periodo inmediatamente anterior a su designación.
Sentencia revocada por Corte Suprema.

El plazo para interponer la acción de protección ha de contarse desde que se agota la vía administrativa de reclamo.

A través del principio de confianza legítima se busca proteger a los funcionarios de los cambios intempestivos en las decisiones de la Administración, entregando estabilidad a los servidores públicos, impidiendo que se lesionen sus derechos. Si una contrata se encuentra protegida por el principio de confianza legítima, la Administración sólo puede poner término al vínculo estatutario, a través del sistema de calificaciones o mediante un sumario administrativo.

6 de diciembre de 2023
Recurso de protección acogido, principio de confianza legítima.

FACH debe mantener vigente la contrata de ex oficial pensionado recontratado como civil en la DGAC, resuelve la Corte Suprema.

Que el recurrente sea un ex oficial pensionado no es óbice para no respetar el principio de confianza legítima que le asiste, al estar vinculado mediante una contrata anual y sucesiva por más de 17 años, por ende, la recurrida sólo puede cesar las funciones del actor mediante un sumario debidamente fundado, o una baja calificación en sus funciones, lo que no ha ocurrido en la especie.

25 de noviembre de 2023
Recurso de reclamación acogido.

Funcionarios a contrata que gozan de confianza legítima no pueden ser cesados si no se acredita conforme al procedimiento establecido por la ley que tienen una calificación deficiente.

La Superintendencia de Seguridad Social no renovó la contrata de la reclamante, que acusó que el acto administrativo no estaba debidamente fundado, pues justificó el cese en una mala calificación, pero no acreditó haber cumplido con el procedimiento previo de evaluación, por lo que el Contralor dispuso su reincorporación.

15 de junio de 2023
Fundamentación actos administrativos y confianza legítima.

Para exigir la renovación de las contratas de personas con una vinculación estatutaria menor a 5 años no procede invocar el principio de confianza legítima, resuelve la Corte Suprema.

El plazo de 5 años se estima un periodo prudente para que la administración evalúe íntegramente no sólo el desempeño del funcionario, sino que, además, estudie la necesidad de seguir contando con el cargo que sirve la persona.

16 de abril de 2023