Consejo municipal

La sola acusación por delito que merece pena aflictiva no basta para entender suspendido el derecho a sufragio, se requiere que el auto de apertura del juicio oral se encuentre firme o ejecutoriado

La ley suspende al alcalde en el ejercicio de su cargo cuando ha sido acusado por delito que merezca pena aflictiva lo que constituye una consecuencia que el legislador ha podido incorporar, precisamente, en resguardo del régimen democrático y del principio de probidad, consecuencia que queda debidamente cautela con la intervención del Juez de Garantía que resuelve sobre el auto de apertura de juicio oral.

20 de enero de 2024

Municipalidad no puede deducir recurso de protección en representación de un particular que no es funcionario municipal.

7 de agosto de 2023
El municipio de San Carlos interpuso la acción cautelar en favor de una funcionaria del SENDA que expuso ante el Consejo Municipal, y dicha ponencia -de carácter público- fue dada a conocer por un medio de comunicación online de la comuna. El recurrente estimó como vulneradas la honra e imagen de la funcionaria, no obstante, carece de legitimidad activa pues es la propia afectada quien debió comparecer ante la magistratura.