Si existe contrato de arrendamiento la acción de protección no es la vía idónea para resolver lo planteado por la recurrente, en cuanto puede ser objeto de discusión en otras sedes.
Contrato de arrendamiento
Norma que impide a la Corte de Apelaciones conceder orden de no innovar en apelaciones de sentencias dictadas en juicios de arrendamiento de predios urbanos, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Norma que permite al tribunal resolver de plano incidentes de nulidad procesal, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Alcalde de Pucón no tiene facultades para solicitar la entrega de un inmueble subarrendado a pequeños comerciantes con auxilio de la fuerza pública.
Elaboración de vino en una instalación ajena no impide que el viticultor etiquete su propia producción vitivinícola, resuelve el TJUE.
El concepto de «explotación» y, por tanto, la utilización de los términos en cuestión no se limitan únicamente a los terrenos propiedad del viticultor epónimo o situados en las proximidades de estos. Pueden extenderse a los viñedos arrendados y situados en otro lugar, siempre que el viticultor epónimo asuma la dirección efectiva, y la responsabilidad del cultivo y de la recolección de las uvas.
Contrato de arrendamiento celebrado con el anterior dueño de un predio no enerva la acción de precario si no fue suscrito por escritura pública.
Sin esa solemnidad, el título no reúne los requisitos del artículo 1962 del Código Civil, por lo que no le es oponible al demandante y actual dueño del inmueble reclamado.
Corte de Santiago confirma que los ocupantes de un inmueble deben restituirlo a su dueño, a pesar de alegar que contaban con un contrato de arrendamiento suscrito con el antiguo propietario.
En segunda instancia, los demandados acompañaron recibos de arriendo, sin embargo, el tribunal de alzada los desestimó por tratarse de instrumentos privados no reconocidos en juicio, y que no emanaron de la parte demandante.
Disputas entre arrendatarias de locales comerciales de Mall chino que alegan hostigamientos y amenazas de los propietarios para que desalojen el inmueble, no puede discutirse y resolverse por la vía de protección.
El término de un contrato de arrendamiento sólo puede ser constatado o declarado, en su caso, por un tribunal de la República que ordene la restitución y autorice el desalojo del inmueble.
Contrato de arrendamiento celebrado por la ocupante del inmueble con un copropietario distinto del demandante resulta suficiente para enervar la acción de precario.
La Corte determinó que el demandante no tenía legitimación activa en virtud del mandato tácito y recíproco para demandar de precario en nombre de la comunidad, puesto que la celebración del arrendamiento demostraba que el actor no representaba el parecer de todos los comuneros.
Orden de alejamiento contra arrendatario no impide que deba seguir pagando la renta, ya que su obligación persiste y no puede ser subrogada.
El principio de relatividad establece que los contratos solo producen efecto entre sus contratantes, y, por ello, la subrogación solo opera si las partes y la persona propuesta la aceptan expresa o tácitamente.
Contrato de arrendamiento celebrado por Club Deportivo Lo Chacón es inoponible al nuevo dueño del inmueble donde tiene su sede, por lo que se rechaza acción de protección.
El nuevo dueño adquirió la propiedad a título gratuito.
Corte de Concepción acoge recurso de protección deducido contra arrendador y le ordena abstenerse de entorpecer el uso de la propiedad arrendada.
La recurrida incurrió en conductas de autotutela al dar por terminado el contrato de manera automática, recuperando la bodega arrendada sin la voluntad del actor y sin la intervención de los tribunales competentes.
CS confirma fallo que declaró resuelto contrato de arrendamiento por desahucio del arrendador condenando a la demandada a restituir el inmueble.
El máximo Tribunal descartó influencia sustancial en en lo dispositivo de la resolución recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó el acogimiento de la demanda subsidiaria.
CS acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la arrendataria y la libera del pago de multas pactadas en un contrato terminado.
Una vez terminado el contrato de arrendamiento sólo subsiste para el detentador del inmueble la obligación de pagar el precio de la renta y los gastos comunes hasta su restitución.