Convenio colectivo

Empresa minera debe pagar a trabajadores los montos descontados unilateralmente por asignaciones y bonos reconocidos en convenio colectivo.

El máximo Tribunal, estimó que es un acto de autotutela por parte del empleador decidir no pagar la asignación de movilización y el bono de turno nocturno, a aquellos trabajadores que durante la crisis sanitaria autorizó a prestar servicios desde sus domicilios de origen y no en el lugar donde se ubica la faena minera, pese a que dichas partidas están expresamente reconocidas en el convenio colectivo vigente.

6 de julio de 2023