Corte de Apelaciones de Rancagua


Declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible no es arbitraria ni ilegal si el funcionario incurre en la causal objetiva de haber hecho uso de licencia médica por más de seis meses en dos años.

30 de enero de 2024
Los jefes de los servicios deben velar por la continuidad de la prestación de estos para la satisfacción de las necesidades colectivas que justifican su existencia, razón por la cual, no mediando abuso o desviación de poder, no es ilegal ni arbitraria la declaración de vacancia de un cargo por salud incompatible de quien lo sirve.

Funcionarios municipales se encuentran legitimados para deducir el reclamo de ilegalidad en contra de resoluciones municipales que los afecten. De lo contrario se atenta contra el derecho a la tutela judicial efectiva.

14 de diciembre de 2023
En el caso de actos administrativos dictados por el alcalde o sus funcionarios, la vía de impugnación específica es la reclamación prevista en el artículo 151 de la Ley N° 18.695, sin que exista ninguna razón para privar del ejercicio de tal acción a una persona directamente agraviada por aquél, sólo por el hecho de ser un funcionario municipal.
Sentencia revocada por Corte Suprema.

Prestaciones referidas a la salud mental están cubiertas por todos los planes de salud y no solo por los suscritos con posterioridad a la Ley 21.331 que reconoce y protege los derechos de las personas con enfermedad mental o discapacidad psíquica o intelectual.

Los contratos de salud deben conformarse a las normas vigentes, más aún cuando éstas tienen por objetivo resguardar la garantía constitucional de la igualdad, al prohibir la discriminación.

7 de diciembre de 2023