Corte de San Miguel desestimó recurso de protección deducido contra Banco Estado por negar la apertura de una cuenta Rut.
El arbitrio se interpuso un año después de la fecha del acto reclamado.
El arbitrio se interpuso un año después de la fecha del acto reclamado.
El término anticipado de una contrata no es una sanción administrativa.
El actor conoció y aceptó lo propuesto por la recurrida.
La idoneidad del medicamento no se encuentra acreditada.
El actor no acreditó haber realizado la solicitud ante la recurrida.
El fallo impugnado no emitió un pronunciamiento sobre el fondo del asunto controvertido.
No existe una norma que permita al Superintendente aumentar la sanción que impuso a un establecimiento educacional al conocer una reclamación administrativa.
Las peticiones formuladas por el recurrente exceden las materias que deben ser conocidas por el recurso de protección atendida su naturaleza cautelar.
La sentenciadora de base erró al estimar que se trataba de un contrato bajo condición.
El Tribunal de alzada determinó que el inciso segundo del artículo 87 del Estatuto Docente se refiere exclusivamente a los profesores.