
El recurrente denuncia que más de un tercio de los funcionarios de la dotación municipal se han visto privados de la remuneración legal al marginarlos del proceso de calificación anual para los efectos de su carrera funcionaria.
El recurrente denuncia que más de un tercio de los funcionarios de la dotación municipal se han visto privados de la remuneración legal al marginarlos del proceso de calificación anual para los efectos de su carrera funcionaria.
Al no recurrir el ISP en contra de la sentencia de primer grado que rebajó la multa impuesta, materia que fue reiterada con declaración por la sentencia recurrida de la Corte de Apelaciones, solo cabe concluir que dicha sentencia no le causó agravio.
La obligación de informar la existencia de un nuevo asegurado era de cargo del contratante, a través de los medios que la compañía ponga a disposición, no del demandante.
La SMA es una institución a cargo del seguimiento y fiscalización de instrumentos de gestión ambiental, la que debe recibir las denuncias que cualquier persona presente, debiendo informar sobre los resultados en un plazo no superior a 60 días hábiles.
Del texto del recurso aparece que la situación descrita constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución, en cuanto se alude a una presunta afectación a la libertad personal del amparado.
El reproche que se hace a la sentencia se funda en un vicio que, de existir, no tiene influencia en lo dispositivo del fallo.
El hecho que sea Lord Cochrane y Merino Castro los dos únicos jefes supremos de la institución que son homenajeados con estatuas de cuerpo entero en recintos institucionales, deja de manifiesto que se trata de una adhesión política al rol jugado por Merino, no un reconocimiento a su calidad de ex comandante en jefe.
Conculca la garantía de igualdad ante la ley, desde que impone una situación desigual respecto de otros administrados, desoyendo la entidad los propios criterios por ella establecidos para aplicar en situaciones similares.
La diferencia entre infracciones menos graves y leves consiste en que la falta, en el primero de los casos, debe guardar relación con aquella parte del ordenamiento jurídico educacional que establece o regula los “deberes y derechos” de los integrantes de la comunidad educativa.
El recurrente denuncia que no puede ejercer su trabajo de forma libre, ya que le fue aplicada la citada sanción, estando pendientes recursos sobre la misma.
Al informar la recurrente acompañó un informe que corresponde a lo señalado en el artículo 12 de la Ley N°19.628, relativo a datos de la parte recurrente.