CS rechazó acción de protección deducida en contra de UMCE interpuesta 15 años después de que la actora tuvo conocimiento de los hechos.
La acción fue declarada manifiestamente extemporánea.
La acción fue declarada manifiestamente extemporánea.
Se debe propender a un mejor acceso a la justicia.
Es una manifestación del derecho a un racional y justo procedimiento.
La acción se dirigió en contra de la Municipalidad de Peñalolén.
El Tribunal de alzada consideró esencial lo pactado de manera expresa en la Carta de Oferta por las partes.
La Corte Suprema revocó la resolución pronunciada por la Corte de Santiago, y declaró admisible el recurso de protección deducido por el candidato a alcalde, Ignacio Sapian, en contra del SERVEL, por cuanto negó su solicitud de corrección para la devolución de contabilidad electoral. En su libelo, el actor expuso que, dentro del plazo dispuesto […]
Las consideraciones de orden económico no deben invocarse cuando está comprometido el derecho a la vida o integridad física o psíquica.
El máximo Tribunal cuestionó que los gastos que motivaron la decisión se identificaren con los gastos comunes.
La recurrida efectuó los descuentos sin tramitar un procedimiento ni dictar un acto administrativo.
Al tratarse de una cuestión de naturaleza académica, la vía jurisdiccional es improcedente, ya que la decisión compete al órgano universitario que reprobó su práctica profesional.