Corte de Valparaíso

Derecho a la integridad física.

Municipalidad de Valparaíso no puede desatenderse de sus atribuciones legales y debe adoptar medidas concretas sobre la toma de terrenos ubicado en la Quebrada Cabritería, confirma la Corte Suprema.

Debe adoptar medidas adecuadas para impedir su continuidad, al afectar a un área verde y a la comunidad porteña. No obstante las acciones del municipio, también se debe considerar las acciones o derechos que el Serviu como titular del terreno decida ejecutar a fin de solucionar el asentamiento irregular.

7 de diciembre de 2022
Derecho de propiedad y dignidad de los ocupantes.

Corte Suprema ordena a ocupantes de toma de terrenos ubicada en Reñaca Alto hacer abandono del mismo en un plazo de 6 meses.

Adopta esta decisión sobre la base de las directrices entregadas por el Derecho Internacional –garantías fundamentales y dignidad de los ocupantes-, las cuales deberán ser consideradas durante todo el procedimiento de retiro y el eventual desalojo de las personas, encontrándose las autoridades competentes en calidad de garantes de estos lineamientos.

28 de noviembre de 2022
Libertad de expresión y derecho a la honra.

Expresiones divulgadas en Facebook por una mujer en contra del trabajo profesional de médica que realizó un tratamiento estético deficiente, no son arbitrarias o ilegales resuelve la Corte Suprema.

Las publicaciones constituyen una exposición de hechos de interés comunitario, cuyo principal fin es informativo por el interés y trascendencia que el tema reviste para la colectividad, por lo tanto, no tienen la entidad de vulnerar el artículo 19 N°4 de la Constitución.

22 de noviembre de 2022
Artículos 10 letras g) y p), y 11 letras c) y d) de la Ley 19.300.

Proyecto Edificio Live Reñaca no requería someterse al SEIA y elaborar un EIA a pesar de construirse en las cercanías del Campo Dunar de Concón, resuelve la Corte de Valparaíso.

La edificación no se encuentra tipificada dentro de las causales que obligan a ingresar al SEIA. Además, la recurrente no aportó prueba del impacto ambiental específico que provocaría en el Campo Dunar, por lo que no existe una vulneración al artículo 19 N°8 de la Constitución.

19 de noviembre de 2022
Zona de catástrofe por escasez hídrica.

Suministro de agua a localidad ubicada en la Provincia de Petorca cumple con el estándar mínimo de acceso a 100 litros diarios de agua por persona, resuelve la Corte Suprema.

Los habitantes de San José reciben recursos hídricos de camiones aljibes del municipio de Cabildo y abastecimiento del Servicio Sanitario Rural Los Molinos, cumpliéndose el parámetro establecido por el máximo Tribunal sobre acceso al agua potable al sobrepasarse la media de 100 litros diarios por persona.

18 de septiembre de 2022
Páginade 16