CPLT

Recurso de queja acogido.

Corporación Cultural de Las Condes está sujeta a la Ley de Transparencia y debe entregar la información que le fue solicitada referida a antecedentes contables y presupuestarios.

Los ministros recurridos hicieron lugar al reclamo de ilegalidad de la Corporación al considerar que no está sujeta a la Ley de Transparencia por ser una corporación de derecho privado, no obstante, el máximo Tribunal estimó que al cumplir un objeto social propio de la función pública -difusión de la cultura y las artes- rige a su respecto la Ley Nº20.285.

31 de agosto de 2023
Reclamo de ilegalidad rechazado por Corte de Antofagasta.

Al no concurrir ninguna causal de reserva de información, la decisión del Consejo para la Transparencia se ajusta a derecho.

Corresponde a la Universidad observar el Principio de Máxima Divulgación, mediante el cual, los órganos de la Administración del Estado deben proporcionar información en los términos más amplios posibles, excluyendo sólo aquello que esté sujeto a las excepciones constitucionales o legales.

10 de agosto de 2023
Amparo de acceso a la información acogido por CPLT.

Subsecretaría de Educación debe entregar la información solicitada que disponga sobre los colegios modulares.

No es causal de reserva ni fundamento para denegar la información el que ésta se encuentre en proceso de elaboración. En tal caso, puede subsanarse dicha situación, advirtiendo la falta de completitud de la información entregada, a fin de que potenciales usuarios adopten las precauciones y resguardos necesarios.

5 de agosto de 2023
Amparo de acceso a la información rechazado por CPLT.

No vulnera la ley de transparencia la Subsecretaría de Educación Superior al negarse a entregar el resultado de una investigación sumaria con todos sus antecedentes, sin censura, como se le solicitó.

De entregarse toda la información quedarían en evidencia datos sobre el denunciante de maltrato lo que vulnera sus derechos y de los demás funcionarios implicados y podría afectar el debido cumplimiento de las funciones del órgano al inhibir a los funcionarios a presentar denuncias.

3 de agosto de 2023
Invalidación de oficio.

Servicio de Salud debe notificar a terceros afectados por la solicitud de información referida al otorgamiento de licencias médicas a fin de que se respete el debido proceso y tengan la posibilidad de oponerse.

El máximo Tribunal invalidó de oficio la sentencia recurrida de queja dictada por la Corte de Santiago, que acogió el reclamo de ilegalidad que impidió la entrega de dicha información. Sin embargo, ordenó retrotraer el proceso al estado de notificar a los terceros afectados por solicitud de información inicial.

5 de julio de 2023