La Ley N°20.027 es de carácter especial y debe preferirse por sobre las disposiciones generales en materia de concurso contenidas en la Ley N°20.720.
3 de septiembre de 2022
La Ley N°20.027 es de carácter especial y debe preferirse por sobre las disposiciones generales en materia de concurso contenidas en la Ley N°20.720.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la resolución que excluyó del procedimiento concursal de liquidación de bienes del acreedor, el crédito estatal para financiar estudios superiores.
El máximo Tribunal estableció que no hubo error de derecho en la sentencia atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirmó la de primer grado que no hizo lugar a la demanda.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario de las recurridas al mantener publicado el registro de la deuda.