Daño irreparable

Medidas provisionales deducidas para suspender la realización de las elecciones parlamentarias en Túnez, por la presunta intervención del gobierno, se desestiman:

Se observa que los solicitantes no aportaron ninguna prueba de urgencia o extrema gravedad, ni prueba de daño irreparable, que resultaría de la aplicación del Decreto. En efecto, solo solicitan la medida sin demostrar la existencia de las condiciones exigidas por el artículo 27(2) del Protocolo. En el presente caso, la solicitud de suspensión no puede ser acogida.

23 de mayo de 2023