No es ilegal declarar abandonado el recurso de apelación en materia penal por no notificarse la resolución que trae los autos en relación, desde que para la vista del recurso no media la relación.
De la lectura del recurso se puede advertir que lo pretendido por el recurrente de amparo, es que esta Corte efectúe un nuevo control de legalidad respecto de una resolución judicial dictada por otro tribunal de alzada, en este caso, la Corte de Apelaciones de Santiago, cuestión que resulta impropia a la estructura orgánica consagrada en nuestra legislación respecto de los Tribunales de Justicia.