Debido proceso

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Norma que limita las excepciones que el ejecutado puede hacer valer en sede laboral, no produce resultados contrarios a la Constitución.

Mediando una parte vencedora en juicio que se encuentra en fase de hacer ejecutar lo juzgado, que ese cumplimiento se realice es el objetivo prioritario del legislador a la hora de diseñar un debido proceso ejecutivo, siendo, en consecuencia, particularmente incompatible con la procedencia ilimitada de excepciones. Así, el debido proceso ejecutivo laboral es eficaz para la verificación del cumplimiento.

29 de marzo de 2023
Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Norma que permite a los tribunales disponer de oficio la realización de audiencias en modalidad telemática, no produce resultados contrarios a la Constitución.

No se advierte la vulneración al debido proceso que sostiene el municipio requirente, desde que los elementos que configuran esta garantía han estado presentes en igualdad de condiciones para ambas partes, sin que se aprecien diferenciaciones que pongan en entredicho la observancia del mandato del artículo 19 N° 3 inciso sexto constitucional.

28 de marzo de 2023
Recurso de nulidad rechazado.

Se verificó la presencia del imputado en su domicilio mediante el seguimiento telemático de su tobillera lo que no vulnera el debido proceso.

El recurrente fue denunciado por el robo de un celular, y al acudir a su domicilio, personal de Carabineros comparó la ubicación del GPS del teléfono móvil, con aquella brindada por Gendarmería respecto de la tobillera electrónica que portaba el hechor, coincidiendo ambas posiciones, por lo que detuvieron al acusado y recuperaron la especie robada.

24 de marzo de 2023
Preceptos impugnados no contravienen la Constitución.

Demanda que el Poder Judicial dedujo contra disposiciones que modifican el Código Procesal Constitucional de Perú, se desestima por el Tribunal Constitucional.

Sólo cuando no hay duda acerca de cuál es la norma que el legislador quiso expresar en el texto legal, puede el juez constitucional emitir una sentencia que declare su invalidez. Por tanto, la dignidad democrática de la ley se traduce en una primera consecuencia: la doctrina de la interpretación de la ley conforme a la Constitución.

21 de marzo de 2023
Páginade 90