La empresa no puede asilarse en su rol de intermediaria, para desligarse de la responsabilidad que le asiste al permitir que terceros injurien al recurrido, especialmente si el Ministerio Público decidió no perseverar en la investigación contra el actor; por lo tanto, éste puede ampararse en el derecho al olvido y exigir la eliminación de los comentarios vertidos en su contra.
Decisión de no perseverar
Norma que impide deducir acusación particular si previamente no se ha formalizado la investigación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Si la privación de libertad terminó por decisión del Ministerio Público de no perseverar en el procedimiento, no procede abonar el tiempo que la amparada permaneció bajo arresto domiciliario nocturno a la condena que le fue impuesta en causa diversa.
Norma que faculta al Ministerio Público para comunicar su decisión de no perseverar en la investigación, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Normas que facultan al Ministerio Público a no perseverar con la investigación, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la aplicación de estas normas coarta el ejercicio de su acción penal en tanto víctima de un delito.
Normas que condicionan la continuidad de la persecución penal por la víctima a la formalización de la investigación, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le priva de su derecho a la acción penal sin un control judicial previo, vulnerando su garantía al debido proceso.
Normas que permiten al Ministerio Público no perseverar en el procedimiento penal sin previa formalización, se impugnan en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se vulnera su derecho a la acción penal y el debido proceso.
Normas que condicionan la posibilidad de continuar la persecución penal por parte de la víctima a la formalización de la investigación, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le priva de su derecho a la acción penal sin un control judicial previo, vulnerando su garantía al debido proceso.
Norma que faculta al Ministerio Público a no perseverar en la investigación penal, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente estima que infringe sus derechos constitucionales a ejercer la acción penal y acceder a un procedimiento e investigación racional y justo.
Norma que impide a la víctima continuar la persecución penal, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que le impide ejercer su derecho a ejercer acción penal, vulnerando también su garantía al debido proceso.
Norma que impide forzar la acusación si el Ministerio Público no ha formalizado la investigación, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que el precepto legal impugnado transgrede su derecho a ejercer la acción penal y termina con el proceso penal, lo que trasgrede la igualdad ante la ley y el debido proceso.
Norma que impide a la víctima y querellante continuar la persecución penal, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que se le impide su derecho al ejercicio de la acción penal, vulnerando también su garantía a un debido proceso.
Normas que facultan al Ministerio Público a no perseverar en la investigación penal e impiden al querellante acusar, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que infringen su derecho constitucional a ejercer la acción penal.
Normas que facultan al Ministerio Público comunicar su decisión de no perseverar en el procedimiento y que exigen formalización de la investigación para fundar acusación, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
La requirente estima que la decisión del Ministerio Público de no perseverar contraviene la Constitución y en particular su derecho a perseguir penalmente al imputado.