La jurisprudencia ha empezado a recepcionar, en materia de derecho animal, un nuevo paradigma que es tendencia y que cuestiona el status jurídico actual de “cosa” que les otorga el derecho argentino a los animales, resultando adecuado mencionar el precedente de la “orangutana Sandra” y el proyecto de ley que se encuentra presentado en la Cámara de Diputados de la Nación denominado “sintientes”.
Delito de maltrato animal
Orden para trasladar al chimpancé Toti a un santuario de primates fuera del país se confirma por la Corte Suprema de Argentina.
Sanción de multa a ganadero que dio muerte a un jaguar, se confirma por el Supremo Tribunal Federal de Brasil.
Tribunal argentino resuelve que los animales son seres sintientes que requieren protección al ser sujetos de derechos, y que su bienestar debe ser tenido en cuenta en los conflictos familiares.
Ciudad argentina aprueba norma que reconoce a los caballos como seres sintientes.
Se reconocen los derechos de los equinos como seres sintientes, que deben ser tratados con respeto y consideración. Se prohíbe el uso de métodos crueles o inhumanos en el entrenamiento, monta o utilización de los equinos.
Tribunal argentino desestima solicitud de mujer acusada de maltrato animal que pretendió conocer la ubicación de sus aves decomisadas para visitarlas.
No se advierte el gravamen exigido por el código para la procedencia del recurso intentado. Además, resulta oportuno recordar la doctrina de los “actos propios”, que es considerada un principio general del derecho, y destacar que a nadie le es lícito hacer valer un derecho en contradicción con su anterior conducta.
Mujer es condenada a 18 meses de cárcel por dejar morir de hambre a su perro.
Tener un animal encerrado en espacio reducido y con el bozal puesto a diario causa un estrés tremendo. Se acreditó que fue la falta de atención y el hecho de tener al animal todo el día con el bozal lo que le impedía comer y beber causándole la muerte.
Norma del Código Penal que establece la pena accesoria de inhabilidad para la tenencia de animales a quien se condene por maltrato o crueldad con animales, no será examinada en sede inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Impugnación no cumple con explicar suficientemente la aptitud del precepto legal objetado para contrariar, en su aplicación al caso concreto, la Constitución.
Norma que tipifica el delito de maltrato animal en aquella parte que sanciona con la pena accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales, se impugna ante Tribunal Constitucional.
Afecta el derecho a la honra y dignidad de la persona, el principio de proporcionalidad, el debido proceso y el contenido esencial de esas garantías.