Derecho a la salud

Corte IDH condena a Perú por su responsabilidad en la contaminación ambiental que afecta a los habitantes de una ciudad minera.

La obligación de prevención en materia ambiental impone al Estado el deber de regular, supervisar y fiscalizar las actividades que impliquen riesgos significativos al medio ambiente. Asimismo, el Estado tiene la obligación de prevenir la contaminación ambiental como parte de su deber de garantizar el derecho a la salud, la vida digna y la integridad personal, lo que a su vez conlleva el deber de proveer servicios de salud a personas afectadas por dicha contaminación.

27 de marzo de 2024

Corte Constitucional de Colombia ampara derecho a la salud de menor que padece artritis: entidad de salud deberá proporcionar medicamentos y hacer un seguimiento médico.

10 de marzo de 2024
Se encuentran cumplidos los presupuestos establecidos por la jurisprudencia constitucional para ordenar el tratamiento integral en beneficio del niño, sujeto de especial protección constitucional: (i) existe un indicio claro de negligencia de la entidad en el cumplimiento de sus deberes para proveer los servicios requeridos por el menor, y (ii) existen prescripciones médicas que en el caso concreto especificaron la necesidad de contar con atención especializada.

TJUE determina las condiciones en que un Estado miembro puede prohibir a las empresas no farmacéuticas la venta online de medicamentos sin receta.

5 de marzo de 2024
Cuando el intermediario se limite a poner en contacto a vendedores y clientes, mediante una prestación propia y distinta del servicio de venta, los Estados miembros no pueden prohibir dicho servicio amparándose en que el prestador participa en el comercio electrónico de venta de medicamentos sin tener la condición de farmacéutico.
Derecho a la salud.

Corte Constitucional de Colombia ampara derechos de adulta mayor con discapacidad a la que se le negó arbitrariamente el acceso a un hogar geriátrico.

La Constitución, la ley y el derecho internacional de los derechos humanos son claros: el Estado, la familia y la sociedad en su conjunto tienen la obligación de garantizar a los adultos mayores el ejercicio de su derecho al más alto nivel de salud y a la protección social en igualdad de condiciones al resto de las personas.

26 de febrero de 2024
Reconoció su filiación paterna.

Derecho a la identidad de una menor se reconoce por Tribunal argentino que ordena regularizar sus inscripciones.

En este caso importa visibilizar que el derecho a la inscripción, emplazamiento filial y la consiguiente documentación e identificación para ciertas personas puede verse afectado de manera flagrante y evidente. Este tipo de supuestos, reedita una emergente realidad: niños invisibles los que atento carecer de su derecho primario quedan expuestos a un sinfín de perjuicios, riesgos y vulnerabilidades.

24 de febrero de 2024
Derecho al traslado.

Empresa debe trasladar a trabajadora a región menos soleada para evitar su exposición al sol a causa del lupus que padece, ordena tribunal español.

El derecho al traslado se tiene cuando el trabajador reúne las circunstancias que la norma exige. El ejercicio del derecho tiene lugar cuando el trabajador lo activa girando su solicitud de traslado a la empresa. La motivación que en cada momento determine la voluntad del trabajador en hacer valer o no su derecho escapa del control de los tribunales y pertenece a la esfera íntima y compleja de cada sujeto.

23 de febrero de 2024
Derecho a la salud y a la vida digna.

Entidad de salud debe suministrar medicamentos a base de cannabis a dos mujeres por razones médicas, ordena la Corte Constitucional de Colombia.

La búsqueda de un óptimo estado de salud es inherente a la vida digna. Por lo tanto, la falta del suministro del medicamento no permite que las accionantes puedan mitigar el dolor padecido, tengan que convivir con aquel a diario y no gocen de un adecuado estado de salud. Se concluye que la entidad accionada vulneró el derecho a la vida digna de las accionantes.

21 de febrero de 2024
Existen alternativas para intervenirlo igual de eficientes.

Denegación de cirugía robótica a adulto mayor que padece cáncer se ajusta a derecho, resolvió un tribunal argentino.

La cirugía de próstata con tecnología robótica constituye la mejor alternativa terapéutica en cuanto a que disminuye los riesgos de morbilidad post-operatoria; pero no representa la única solución para la patología que presenta el paciente. Por otro lado, se trata de una “cirugía programada”, lo que determina la inexistencia del “peligro en la demora” en el reconocimiento del derecho invocado por el asociado.

1 de febrero de 2024
Derecho a la salud.

Tribunal español ordena a la autoridad reembolsar los gastos de los componentes de un implante auditivo: el ser accesorios externos y consumibles no los excluye de la cobertura médica.

Partiendo de la definición y la finalidad del implante quirúrgico (sustituir total o parcialmente una función fisiológica), éste ha de ser entonces identificado con todos los elementos precisos para la realización de su función, toda vez que tanto los componentes externos como los accesorios son imprescindibles.

6 de enero de 2024
Amparo rechazado por inactividad procesal.

Caducidad de la instancia no puede ser revocada por la mera aplicación de la perspectiva de género pues ello conllevaría establecer “una situación de privilegio”, resuelve un tribunal argentino.

La idea de interpretar la caducidad “con mayor flexibilidad” a partir de “una mirada distinta, es decir, con perspectiva de género”, conllevaría a prescindir de la inacción procesal verificada por un plazo que no se condice con el carácter expedito del amparo y a establecer una situación de privilegio soslayando la aplicación de las normas procesales que rigen el caso.

6 de enero de 2024
Estándar de protección consagrado en la Constitución.

Autoridades tienen el deber de garantizar el suministro de medicamentos a personas con enfermedades crónicas y reembolsar los gastos si aquellos han adquirido directamente el medicamento, resuelve la Corte Suprema de México.

El derecho a la salud representa para el Estado la obligación de garantizar a todas las personas el disfrute de servicios de salud a través de la atención médica, cuya finalidad es proteger, promover y respetar la salud de manera preventiva, curativa, de rehabilitación o paliativa, a fin de conseguir su bienestar físico y mental, para así contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades y la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana.

3 de enero de 2024
Páginade 11