CBR de Tomé debe emitir certificados de dominio vigente a dueña de inmuebles que han sido objeto de cesiones de derechos.
Corte de Concepción estimó que la negativa del CBR para emitir los certificados, justificándose en la ausencia de dominio exclusivo de la actora, vulnera el artículo 50 de su Reglamento, así como la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.