La empresa de retail deberá reparar a los clientes que, en algunos casos, nunca les fue enviado su producto, o se les despachó tardíamente, o no se les indemnizó de forma oportuna, lo anterior, debido a la oferta de bienes sin contar con el stock disponible, lo que devino en una vulneración del interés colectivo de los consumidores.
Derecho del consumidor
Demanda contra tabacalera por los daños producidos por el cigarro en la salud del actor es rechazada porque conocía los riesgos y actuó conforme a su autonomía de la voluntad.
Banco es condenado a pagar multa de 900 UTM por cambiar la tasa de interés a cliente que solicitó un crédito hipotecario.
Demanda de deudor moroso que solicitó morigerar los intereses de su deuda por considerarlos excesivos, a pesar de no haber actuado con buena fe, se acoge.
Diferencia interpretativa respecto de los medios de prueba no constituye una falta o abuso grave de parte de los ministros recurridos.
El SERNAC acusó a los ministros integrantes de la Séptima Sala de la Corte de Santiago de incurrir en falta o abuso grave, al revocar en alzada el fallo de primer grado que hizo lugar a una denuncia infraccional en contra de una autopista concesionada. El máximo Tribunal indicó que las discrepancias con el resultado del juicio, no pueden ser consideradas como un error de parte de los recurridos.
Farmacia infringe la Ley del Consumidor al no exhibir los precios ni las condiciones en que ofrecía sus productos en promoción.
La Corte de Apelaciones aumentó la multa impuesta en primera instancia, tras estimarla insuficiente atendida la naturaleza de la infracción legal y que no había certeza de que tales contravenciones habían sido subsanadas.
Empresas son condenadas por infracción al deber de información e imponer trámites burocráticos excesivos a sus consumidores.
Los demandantes debieron enfrentar trámites y gestiones burocráticas desconociendo ante quien debían presentar la documentación para activar el seguro de vida colectivo. El deber de información a cargo de las empresas les impone obligaciones de resultado y no se alcanza sólo con entregar formularios o pólizas redactadas con letra chica y en forma tan extensa que se torna incomprensible para los consumidores.
Banco infringe Ley del Consumidor al exigir a cliente el retiro de las excepciones opuestas en juicio ejecutivo para acceder a renegociar la deuda.
La Corte determinó que condicionar el acceso a la repactación de la deuda, cuando esta ya había sido ofrecida, resulta contrario a los principios que informan la legislación de protección al consumidor.
Agencia de turismo no infringe Ley del Consumidor al negar el reembolso de lo pagado por dos pasajes aéreos de vuelo cancelado, si el contrato establecía que los boletos no daban derecho a devolución.
La Corte determinó que la alternativa dada al consumidor, que le permitía el uso del pasaje por un tiempo extendido, era proporcional, considerando que la suspensión del viaje se debía a un caso fortuito como es la pandemia del COVID-19, pero ésta lo desestimó.
Campañas publicitarias que realizó el banco para evitar fraudes a sus clientes permiten descartar la infracción al deber de seguridad y demás disposiciones de la Ley del Consumidor.
En primera instancia, el Tribunal acogió la denuncia infraccional, argumentando que el afectado era un cliente hipervulnerable atendida la edad, lo que hacía exigible al banco una conducta de mayor cuidado para evitar fraudes; decisión que fue revocada por la Corte de Apelaciones.
Supermercado infringe la Ley del Consumidor al no dar respuesta por venta de carne descompuesta.
El Tribunal determinó que el establecimiento comercial no respectó la garantía legal que asiste a todo consumidor que se ve afectado con la entrega de un producto defectuoso.
Banco infringe el deber de informar veraz y oportunamente al rechazar la apertura de cuenta corriente a estudiante universitario, sin informarle las razones por las que fue descartado.
El actor alegó que las razones extraoficiales que llevaron a la entidad financiera a rechazar la apertura de la cuenta fueron que su padre mantenía una deuda registrada en el boletín comercial y que residía en la comuna de Santiago.
Inmobiliaria infringe la Ley del Consumidor al incluir una cláusula abusiva en un contrato de promesa, que además fue escrito con un tamaño de letra inferior al permitido.
En una de las cláusulas se estableció que, si la compradora no celebraba el contrato definitivo, la inmobiliaria podría retener lo pagado inicialmente y dar por resuelto el contrato de pleno de derecho.
Cruzados S.A.D.P. infringe la Ley del Consumidor al negar injustificadamente la entrega de información sobre los abonos contratados en 2019 y las medidas compensatorias adoptadas por el término anticipado del torneo nacional de fútbol.
La denunciada justificó su omisión en que la petición del SERNAC nunca llegó al personal encargado de la protección al consumidor, sin embargo, el Tribunal determinó que aquello no la eximía de responsabilidad, por cuanto le correspondía a la sociedad instruir al personal de recepción acerca de sus protocolos internos.