Desalojo

Ingreso por la fuerza a un domicilio para “desocuparlo porque soy el comprador” es un acto de autotutela ilícita, resuelve la Corte Suprema.

Pese a existir una orden judicial que le ordenó a la recurrente entregar el sitio a la comunidad de herederos dueña del inmueble, el recurrido -y según él- futuro comprador del mismo, ingresó por la fuerza a la propiedad para desalojar a la actora en virtud del acuerdo que poseía con la comunidad para la venta del sitio, hecho que alteró el estatus quo mediante el uso de vías de hecho proscritas por la ley.

7 de abril de 2024

Norma que permite solicitar el desalojo como medida cautelar real especial en contra de imputados por el delito de usurpación de inmueble, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

14 de enero de 2024
El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, el debido proceso, la presunción de inocencia y los principios de proporcionalidad y de seguridad jurídica, desde que, a diferencia del Código de Procedimiento Civil, en el que se regula en forma detallada los requisitos para que el tribunal acceda a medidas cautelares, el precepto impugnado sólo exige que la víctima acredite su dominio con un certificado para tal efecto.
Recurso de amparo rechazado por Corte de San Miguel.

Orden de desalojo con auxilio de la fuerza pública a ocupante que habita en propiedad que no cumple con la normativa vigente por tener una estructura irregular con inminente riesgo de incendio, no es ilegal.

La decisión fue dictada por autoridad facultada al efecto, quien actuó dentro de la esfera de su competencia y en las hipótesis que establece la preceptiva del ramo de conformidad al artículo 145 del Ley General de Urbanismo y Construcciones.

5 de octubre de 2023
Recurso de protección acogido.

Corte Suprema ordena el desalojo de predio usurpado violentamente a una Congregación Religiosa en la comuna de El Quisco.

La congregación acusó el ingreso clandestino y violento de terceros a un inmueble de su propiedad. Los ocupantes han destruido parte de las instalaciones y cobran sub arriendos a terceros que ocupan las cabañas de descanso, situación que no encontró respuesta en la autoridad administrativa competente. El máximo Tribunal dispuso un plazo de dos meses para el desalojo y ordenó a las autoridades municipales y ministeriales disponer los medios para ello, así como de instalaciones de alberge provisorias.

3 de octubre de 2023
Recurso de amparo económico acogido.

Municipalidad no puede ordenar el desalojo de un “foodtruck” con permisos y patente vigente sin antes dictar el acto administrativo que deje sin efecto el permiso precario otorgado para ocupar un espacio en un bien nacional de uso público.

El municipio ordenó directamente desocupar el espacio que ocupa un carro en un parque que previamente había autorizado sin que exista acto administrativo previo que revocara el permiso, lo que vulnera el derecho a desarrollar una actividad económica lícita del recurrente.

29 de mayo de 2023
Recurso de protección acogido.

Corte de Concepción ordena desalojo de terreno tomado en Coronel en un plazo máximo de seis meses. El sitio, destinado a la construcción de 261 viviendas sociales, se encuentra tomado desde julio de 2020 por alrededor de 200 grupos familiares.

El Tribual de alzada ordenó, además, que el municipio se coordine con los ministerios del Interior, Vivienda y Urbanismo, Bienes Nacionales y Desarrollo Social para que se implemente un recinto transitorio para albergar a los desalojados, en caso de ser necesario.

11 de mayo de 2023
Exequátur acogido.

Tribunal ruso ordena el desalojo de un inmueble arrendado a una ciudadana chilena en la comuna de Providencia.

El demandante acudió a la magistratura civil de Moscú para poner término a un contrato de arriendo celebrado en 2015. El máximo Tribunal acogió el exequátur luego de verificar el cumplimiento de los requisitos legales, desestimando la oposición de la demandada la que debe ser presentada en la etapa de cumplimiento de las sentencias extranjeras aprobadas.

27 de abril de 2023
Prohibición de suspensión de servicios básicos durante pandemia.

Propietaria de inmueble ocupado sin su consentimiento no resulta obligada a pagar deudas generadas por consumo de servicios básicos durante la vigencia de la ley 21.249, resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal adopta esta decisión al verificar que la aplicación irrestricta de la ley 21.249 (que imposibilitó el corte de servicios básicos durante parte de la pandemia) beneficia a los ocupantes irregulares del inmueble de la recurrente, pues se generaron deudas a su nombre por consumos que realizaron los primeros.

29 de agosto de 2022
Recurso de protección acogido.

Orden de la Delegación Presidencial de Tarapacá para desalojar a agrupación indígena que ocupa un terreno fiscal es ilegal y arbitraria, resuelve la Corte Suprema.

Las facultades de resguardo de bienes estatales con las que está revestida la Delegación Presidencial, únicamente alcanza a aquellos que son nacionales de uso público. Por lo que la supuesta ocupación ilegal de un terreno fiscal debe ser conocida y resuelta por los tribunales con competencia en lo civil.

12 de agosto de 2022