Despido improcedente


No procede el despido por necesidades de la empresa de docente regido por el Estatuto Docente mientras hace uso de licencia médica, confirma la Corte Suprema.

25 de diciembre de 2023
Mientras se encontraba haciendo uso de una licencia médica una docente de Concepción fue notificada en su domicilio del despido por necesidades de la empresa, acto que carece de validez en atención al artículo 87 del Estatuto Docente, que prohíbe el uso de dicha causal para despedir a profesores durante el uso de licencia médica, pudiendo terminar el empleador con la relación laboral una vez retornada la docente a sus funciones, lo que en la especie no ocurrió.

Jubilación del empresario extingue la relación laboral con su dependiente siempre que el cese del negocio sea definitivo y pleno, resuelve un tribunal español.

21 de noviembre de 2023
Existiendo la posibilidad de que el empresario se jubile ("parcialmente") mediante la modalidad de jubilación activa, el único momento temporal en el que coinciden la jubilación del empresario con el cese del negocio es cuando finaliza la situación de jubilación activa y se pasa a la jubilación plena, siempre y cuando además se proceda al cierre del negocio.
No incurrió en falta muy grave.

Atrasos e inasistencias al trabajo no configuran una causal de despido si el trabajador ha justificado sus incumplimientos vía correo electrónico, resuelve un tribunal español.

Se acreditó que el trabajador en ningún momento trató de engañar a la empresa, dado que, si bien consignó en el parte de trabajo de dichos días que había estado en su puesto durante toda la jornada, en tal manifestación no había voluntad alguna de trasgredir la buena fe contractual, ya que él mismo puso en conocimiento de la empresa sus faltas.

29 de octubre de 2023
No se configuró causa legítima.

Empresa debe indemnizar a trabajadora despedida por difundir “chismes” sobre su superior jerárquico, resuelve un tribunal argentino.

No hay evidencia de que, previo al despido, la empleadora haya realizado una investigación o sumario interno en pos de demostrar las imputaciones como configurativas de una “pérdida de confianza” que hace imposible la continuidad de la relación laboral que perduró por casi 22 años, ni de que se le haya otorgado la posibilidad de efectuar un descargo antes de su desvinculación.

16 de octubre de 2023
Recurso de unificación acogido, con voto en contra.

TVN deberá pagar millonaria indemnización a ex subgerente despedido sin expresión de causa al considerar que su cargo no era de “exclusiva confianza”.

La Corte Suprema estimó que las funciones ejercidas por el demandante son propias de un mando medio, y no pueden ser subsumidas bajo un cargo de exclusiva confianza, más aún, si el actor formaba parte del sindicato de trabajadores de la empresa estatal, hecho incompatible para un funcionario que presuntamente ejercía un cargo de confianza.

3 de octubre de 2023
No es una falta de respeto.

Gestos groseros realizados en un contexto de broma no califican como causal de despido, resuelve la Corte Suprema de Perú.

La norma establece expresamente que el faltamiento de palabra verbal debe causar agravio al empleador o al trabajador, sin embargo, dadas las circunstancias en que sucedieron los hechos, esto es, en un contexto de broma realizada por el compañero de trabajo al demandante, es que dichos gestos deben ser valorados como inocuos para dicho trabajador, máxime si no existe evidencia del agravio producido a él o a la empresa.

1 de octubre de 2023
Perdón de la causal.

Despido de trabajador que incurrió en múltiples faltas no sancionadas oportunamente es improcedente: mera tolerancia de los incumplimientos a través del tiempo beneficia al empleado, resuelve tribunal español.

No podemos calificar las faltas cometidas como si fueran continuadas, sino ante muchas faltas sucesivas o de una pluralidad de faltas que se repiten en el tiempo y, que fueron toleradas por la empresa hasta que decidió sancionar al trabajador, pudiendo haberlo hecho con anterioridad. Si el actor no fue sancionado cuando correspondía, la inactividad empresarial no puede favorecerlas.

29 de septiembre de 2023
Despido improcedente.

Derecho a la intimidad de trabajador al que se le revisa historial del computador asignado para fines laborales no es vulnerado por el empleador, resuelve tribunal español.

En absoluto ha habido una intromisión en correos o documentos por él elaborados, sino simplemente un rastreo del historial de búsqueda efectuado por su parte en el ordenador puesto a su disposición, siendo notorio que, no habiéndolo borrado, podía ser conocido por el empleador y que el demandante conocía que el equipo era para uso profesional, por lo que no podía tener una expectativa de que ese historial quedara protegido ante una posible investigación de la demandada.

27 de septiembre de 2023
Buena fe contractual.

Trabajador despedido por realizar trabajo físico durante la vigencia de su licencia médica debe ser readmitido o indemnizado por su empleador, resuelve un tribunal español.

La buena fe se entenderá vulnerada cuando la realización de otras actividades sean contrarias a la recuperación de la salud, en tanto que de ello se derivaría un fraude y engaño para la empresa, como para el sistema nacional de Seguridad Social. No toda actividad realizada por el trabajador durante la situación de incapacidad justificaría el despido.

3 de septiembre de 2023
Despido improcedente.

Empleador tiene la obligación de acreditar las dificultades económicas que invoca al momento de despedir por necesidades de la empresa, resuelve un tribunal español.

La carta de despido no es concreta, habla de «inestabilidad económica» y «caída progresiva de la facturación» con lo que parece referirse a causas económicas, pero no concreta cuales son las supuestas pérdidas, ni cuales han sido las ventas en los últimos trimestres. Con ello no se acreditan tres trimestres consecutivos de pérdidas ni un resultado a nivel global.

28 de agosto de 2023
España.

Despido de trabajadora que se negó a firmar una cláusula de disponibilidad no prevista en la oferta de trabajo, es improcedente.

Hay una clara discrepancia de las partes sobre una cláusula que la empresa introduce en el contrato escrito para formalizar una relación laboral que ya existía, cláusula novedosa frente a la oferta, limitativa de derechos de la trabajadora, y esencialmente innecesaria si, como decía la empresa, no se obliga a realizar guardias a la trabajadora por el rol que ocupa en la empresa. La discrepancia es sobre ese particular y no sobre la existencia del contrato y del vínculo.

14 de agosto de 2023