Empleador tiene la obligación de acreditar las dificultades económicas que invoca al momento de despedir por necesidades de la empresa, resuelve un tribunal español.
La carta de despido no es concreta, habla de «inestabilidad económica» y «caída progresiva de la facturación» con lo que parece referirse a causas económicas, pero no concreta cuales son las supuestas pérdidas, ni cuales han sido las ventas en los últimos trimestres. Con ello no se acreditan tres trimestres consecutivos de pérdidas ni un resultado a nivel global.