Nos hallamos ante una norma penal que constituye un supuesto de comisión por omisión específicamente regulado.
Detención
“Juego de manos” para entregar dinero y huir al notar la presencia de Carabineros son indicios de la comisión del delito de tráfico de drogas.
Denuncia anónima hecha a través de la aplicación “SOSAFE” es válida como antecedente para efectuar un control de identidad y registrar al acusado.
Juez es detenido por exhibir sus genitales en público.
Se perdió el rastro del amparado porque fue detenido y se decretó por el juez su prisión preventiva, de suerte que no existen medidas que la Corte pueda adoptar a su favor.
El imputado fue detenido el 20 de julio de 2023, junto a otras personas en un vehículo motorizado en el que se encontraron 2 armas de fuego prohibidas y cuatro armas cortantes, además de placas patentes de otro vehículo.
Policías, Defensoría y Ministerio Público: analizan proyecto de enrolamiento obligatorio de personas detenidas y que no se pueda acreditar fehacientemente su identidad.
La iniciativa busca facilitar la identificación de detenidos cuya identidad no es posible de determinar. Para esto, establece un proceso de verificación de los datos de las personas y su eventual enrolamiento.
La existencia o no de algún indicio es el resultado de la estimación que realiza la policía según las circunstancias en que se desarrolla un hecho.
El imputado intentó anular el juicio argumentando que los agentes lo vieron entregando un sobre blanco y recibiendo un billete a cambio, acto que indica como neutro. No obstante, el máximo Tribunal estimó que los hechos fueron apreciados en contexto por personal de Carabineros, quienes estimaron que tal acto podría constituir un ilícito como finalmente fue confirmado por la magistratura.
Carabineros puede detener a un imputado mientras confirma su presunta participación en un hecho delictual previo, resuelve la Corte Suprema.
El acusado manejaba un vehículo en estado de ebriedad y con su licencia de conducir cancelada por la ciudad de Los Andes, cuando atropelló a un transeúnte provocándole graves lesiones, luego, huyó del sitio y fue detenido por Carabineros al día siguiente, tras ser fiscalizado en la comuna de La Reina. El máximo Tribunal estimó que la verificación de la participación del acusado en el atropello, no constituye una infracción al debido proceso.
Carabineros actuó conforme a derecho al no practicar la detención de los ocupantes de un inmueble si no existe certeza del momento concreto en que se produjo la toma ilegal del mismo.
La institución recurrida señaló que aun en caso de flagrancia, los ocupantes no habrían podido ser detenidos, atendida la pena de multa asociada al delito de usurpación, por aplicación de los artículos 124 y 134 del Código Procesal Penal.
Corte Suprema deja sin efecto orden de detención dictada en contra de imputado que se presentó tarde a la audiencia.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario del tribunal de primera instancia al dictar la orden de detención del amparado.
Circular sin salvoconducto por comuna en cuarentena es un hecho que justifica la hipótesis de flagrancia para efectuar el control, registro y detención del imputado.
Esta acción es un indicio válido al tenor de los artículos 83 y 85 del Código Procesal Penal.
Entrada, registro, y vaciamiento de fotografías de teléfono celular encontrado en el sitio del suceso, son actos autónomos permitidos a las policías cuando actúan frente a delitos flagrantes.
Las actuaciones acusadas como ilegales por el imputado se encuentran reguladas en los artículos 187 y 215 del Código Procesal Penal.
Solo el juez penal tiene competencia para decretar una orden de arresto, resuelve Tribunal Supremo de España.
La Comisión Disciplinaria aplicó a la magistrada la sanción de suspensión de funciones y una multa de dos mil euros.
Corte Suprema acoge recurso de amparo y ordena citar a audiencia de forzamiento de la acusación y dejar sin efecto orden de detención.
El máximo Tribunal estableció actuar arbitrario del tribunal de base al dictar orden de detención de imputado por no asistir a audiencia en la cual el Ministerio Público comunicó decisión de perseverar en el procedimiento.